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Política y recursos de no discriminación

La siguiente es una traducción para fines ilustrativos y no remplaza al texto original en inglés.

La discriminación es ilegal

I.   DECLARACIÓN SOBRE LA POLÍTICA DE NO DISCRIMINACIÓN. 

El Departamento de Salud Pública y Medio Ambiente de Colorado (CDPHE) cumple con lo dispuesto en las leyes federales y estatales vigentes de derechos civiles y no excluye, deniega beneficios ni, de ninguna otra manera, discrimina hacia persona alguna sobre la base de la raza, el color de la piel, origen étnico o nacionalidad, ascendencia, edad, sexo, género, orientación sexual, identidad y expresión de género, religión, credo, creencias políticas o discapacidad, en el empleo, la admisión o acceso, tratamiento o participación, recibo de los servicios o beneficios en relación con ninguno de sus programas, servicios ni actividades, ya sea que el Departamento los lleve a cabo directamente, a través de un contratista o por medio de cualquier otra entidad con la que se disponga que se realizarán sus programas, servicios o actividades. El CDPHE no toma represalias ni intimida a ninguna persona o grupo por haber ejercitado su derecho a participar en las acciones protegidas ni por haberse opuesto a las acciones que se prohíben conforme a las partes 5 y 7 del Código 40 de Reglamentos Federales (C.F.R.), ni tampoco con el fin de interferir con dichos derechos.

Se realiza esta declaración de conformidad con las disposiciones de las siguientes leyes y reglamentos:

  • El título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964, una ley federal que prohíbe la discriminación sobre la base de la raza, el color de la piel y la nacionalidad. Esta Ley se aplica a las entidades que reciben asistencia financiera del gobierno federal.

  • La sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973, una ley federal que protege de la discriminación a las personas calificadas con una discapacidad. Esta Ley se aplica a las entidades que reciben asistencia financiera del gobierno federal.

  • El título II de la Ley para Estadounidenses con Discapacidades de 1990, una ley federal que protege de la discriminación a las personas calificadas con una discapacidad. Esta Ley se aplica a todas las agencias gubernamentales estatales y locales.

  • La Ley de Discriminación por Edad de 1975, una ley federal que prohíbe la discriminación sobre la base de la edad. Esta Ley se aplica a las entidades que reciben asistencia financiera del gobierno federal.

  • El título IX de las Enmiendas de Educación de 1972, una ley federal que prohíbe la discriminación sobre la base del sexo (incluyendo por motivos de embarazo, orientación sexual e identidad de género) en todos los programas educativos o las actividades que reciben asistencia financiera del gobierno federal.

  • La sección 13 de las Enmiendas a la Ley Federal de Control de la Contaminación del Agua de 1972, que prohíbe la discriminación sobre la base del sexo en todos los programas o actividades que reciban asistencia financiera del gobierno federal de acuerdo con los términos de esta Ley, la Ley Federal de Control de la Contaminación del Agua y la Ley de Financiación Medioambiental.

  • La sección 1557 de la Ley de Protección al Paciente y Cuidado de Salud a Bajo Precio de 2010, Código de EE. UU (U.S.C.) 42 y 18116, una disposición de derechos civiles de la Ley del Cuidado de Salud a Bajo Precio (ACA) que prohíbe la discriminación sobre la base de la raza, color de la piel, nacionalidad, sexo, edad o discapacidad. Esta Ley se aplica a las entidades que reciben asistencia financiera del gobierno federal.

  • Los reglamentos del Departamento de Salud y Servicios Humanos de los EE. UU. emitidos conforme a estos estatutos: las partes 80, 84 y 91 del título 45 del Código de Reglamentos Federales (CFR) y la parte 35 del título 28 de dicho Código.

  • Los reglamentos de la Agencia de Protección Ambiental de los EE. UU. emitidos conforme a estos estatutos: las partes 5 y 7 del título 40 del Código de Reglamentos Federales (CFR).

  • Los reglamentos del Estado de Colorado emitidos conforme a estos estatutos: las partes 4, 6 y 8 del artículo 34 del título 24, incluyendo la Ley Antidiscriminación de Colorado.

II.   SOLICITUD DE RECURSOS Y SERVICIOS AUXILIARES

El CDPHE proporciona recursos y servicios auxiliares a las personas con discapacidades, así como servicios lingüísticos a las personas cuyo primer idioma no es el inglés, siempre que sea necesario para asegurar la igualdad de oportunidades y un acceso significativo a sus programas, servicios y actividades, así como a la información sobre la elegibilidad, inscripción y beneficios. Algunos ejemplos de recursos y servicios auxiliares son, si bien no de forma exclusiva, los servicios de intérpretes cualificados de lengua de señas, información escrita en otros formatos, intérpretes de idiomas extranjeros e información traducida a otros idiomas. El CDPHE proporcionará estos recursos y servicios de manera oportuna y en forma gratuita.

Para obtener más información, consulte este resumen de la política del CDPHE sobre las comunicaciones con las personas que tienen un dominio limitado del inglés.

Puede usarse esta herramienta como ayuda para identificar el idioma que habla la persona.

Corresponde al coordinador de no discriminación del CDPHE la responsabilidad de responder a las preguntas sobre los requisitos de no discriminación de las partes 5 y 7 del título 40 del Código de Reglamentos Federales (CFR) de los reglamentos de no discriminación de la EPA, el título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964, la sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973, la Ley de Discriminación por Edad de 1975, el título IX de las Enmiendas de Educación de 1972 y la sección 13 de las Enmiendas a la Ley Federal de Control de la Contaminación del Agua de 1972 (que en conjunto se conocen como “las leyes federales de no discriminación”).  Si necesita recursos o servicios auxiliares, o si tiene alguna pregunta sobre estas leyes o esta política, comuníquese con:

Coordinador de no discriminación

Departamento de Salud Pública y Medio Ambiente de Colorado

4300 Cherry Creek Drive South

Denver, CO 80246

Teléfono:  303-692-2102

Servicio de retransmisión de comunicaciones: 711

Correo electrónico:  cdphe_nondiscrimination@state.co.us

III.   PARTICIPACIÓN DEL PÚBLICO

Infórmese de cómo puede participar en las decisiones del CDPHE y la labor que lleva a cabo este Departamento para prevenir la discriminación en las oportunidades de participación del público.

IV.   DENUNCIAS

Denuncias a nivel estatal. 

Corresponde al coordinador de no discriminación del CDPHE revisar e investigar las denuncias por motivos de discriminación que reciba el CDPHE.  Si una persona cree que ha habido discriminación, podrá rellenar y enviar la versión del formulario en formato PDF para presentar una denuncia frente al coordinador de no discriminación del CDPHE. De ser necesario, el coordinador de no discriminación podrá ayudar a presentar la denuncia. Use este enlace para informarse sobre el proceso que se debe seguir para hacer una denuncia frente al CDPHE.

Denuncias a nivel federal. También se pueden presentar denuncias de incumplimiento de los derechos civiles por parte de los programas del CDPHE relacionados con la salud frente a la Oficina de Derechos Civiles del Departamento de Salud y Servicios Humanos de los EE. UU., de la siguiente manera:

Encontrará los formularios para presentar una denuncia en esta página: http://www.hhs.gov/civil-rights/filing-a-complaint/index.html.

Se pueden presentar las denuncias de incumplimiento de los derechos civiles por parte de los programas del CDPHE relacionados con el medio ambiente frente a la Oficina Externa de Cumplimiento de los Derechos Civiles de la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos (EPA), de la siguiente manera:

  • Por correo postal: código de correo 2310A, 1200 Pennsylvania Avenue, NW, Washington, DC 20460

  • Por fax: (202) 565-0196

  • Por correo electrónico: Title_VI_Complaints@epa.gov

Para obtener más información acerca de cómo presentar una denuncia frente a la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos (EPA), visite: https://www.epa.gov/ogc/external-civil-rights-compliance-office-title-vi#complaint.

Imprima una copia: Aviso de no discriminación, cartel de 11 x 17 pulgadas (28 x 43 cm)